Ricardo Devis’s Weblog

Noviembre 24, 2007

Ego-Publicidad

¡Ay! Los tiempos cambian, los comportamientos se modifican, aparecen nuevos utillajes por doquier y las personas se relacionan de otra manera, de forma más excitante. Y no, no hablo de sexo, aunque… bueno, errr… también :). En fin, los cambios van deprisa, y las mentes no pueden seguir el ritmo: esto es lo que se llama “juventud retro-adquirida” o, simplemente, catatonia; o, en el peor de los casos, ignorante despreocupación culpable. Examinemos, si no, la publicidad en Internet, y concretamente en el buscador Web de Google.

El asunto es sencillo: en la modalidad más usual de publicidad, cualquier sujeto puede componer un corto anuncio de texto, elegir unas palabras o frases determinadas y pujar por ellas; es decir, pujar porque el anuncio aparezca de forma más o menos prominente cuando alguien, utilizando el buscador Google, teclee una o más de los términos elegidos. Así que se siguen, como base, los criterios de la publicidad tradicional: si nuestra empresa se dedica a X (decoletaje, escorting, armas, golf, paraguas, etc.), o simplemente quiere atraer a los que les gusta X (sexo gratis, programas gratuitos, Angelina Jolie, etc.), pujamos por X para que la empresa aparezca cuando alguien busque X en Google. Hasta aquí nada especial. Y entonces pregunto… ¿pujaría/pagaría su empresa por una frase de búsqueda que fuera… ¡su propio nombre!? La respuesta inicial suele ser de esta guisa: “¡Claro que no!”, o “¡Ya estamos muy bien posicionados en el buscador, así que… ¿por qué habríamos de pagar por algo que ya hemos conseguido gratuitamente” (gratuidad que a veces no es tal, pues se ha pagado, muchas veces lamentablemente, a una empresa de “posicionamiento en buscadores” para conseguir ese supuesto resultado).

La lógica de este asunto no debería escapársele a nadie: como este tipo de anuncios sólo se paga cuando alguien hace clic en ellos, si tenemos una empresa bien posicionada en el buscador y los potenciales clientes/usuarios hacen clic en el vínculo gratuito… ¡no pagaremos nada por haber realizado el anuncio!; pero si, por el contrario, resulta que estamos equivocados y que cuando alguien busca el nombre de nuestra empresa (en concreto, no los asuntos a los que nos dedicamos: el nombre comercial o la razón social) y hace clic en un anuncio… ¿por qué no habría de ser el nuestro, para conducir al interesado directamente hacia nuestro sitio Web?

Los precios medios por frases no usuales (“Decoletajes Uribitarte”, “Ricardo Devis y Asociados”, “Cerrajería Astenoetxea”, etc.) son muy baratos en Google: típicamente oscilan entre 0,01€ y 0,08€ por clic. Esto supone que si alguien busca a nuestra empresa (es decir, tiene un interés claro y dirigido hacia nosotros), ¿cómo arriesgarnos a perderlo por menos de 0,10€? (y aquí habría que considerar lo que cuestan las acciones comerciales más triviales para conducir a posibles clientes hacia las empresas). ¿Que nuestra empresa ya aparece en los resultados en el primer o segundo lugar? ¡Perfecto! ¿Que además debería contar con un anuncio? ¡Por supuesto! (salvo casos atípicos, en los que el nombre de la empresa sea un término muy común).

Pero es que, además, podríamos impedir el fallo en la busca: es decir, podríamos pujar por términos y frases todavía más raros (y, por tanto, más baratos): “Iber matica” [separado], “Ricardo Debis” [error ortográfico], “Decoletages Uribitarte” [galicismo]. ¿El coste? ¡Irrelevante! ¿El ratio de conversión? ¡De los más altos posibles!

Pero, si esto es tan sencillo y claro… ¿por qué no se hace de forma masiva? ¡Ay! ¡Los tiempos cambian y las mentes renquean!

P.S.: Cuando hablo de puja no me refiero a una subasta, aunque es cierto que a veces Google marca mínimos por palabras o frases en razón de “su” mercado publicitario; me refiero a que en razón de los euros que ofrezcamos por cada clic, y sin conocer lo que ofrecen otros, nuestro anuncio aparecerá… el primero, el tercero, el último o en la página 2 (lo peor).

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